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EDUCADOR-A HOSPITALARIO
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La dinámica de grupos nace de la unión de varias corrientes, pero hay que destacar a Kurt Lewin como su principal promotor. Lewin nace en Prusia en 1.890 y pronto emigra a EE.UU. y enseña en Harvard, donde en 1944 toma el concepto de dinámica de la física. La dinámica es la parte que estudia el movimiento de los cuerpos y la acción de las fuerzas que causan o modifican sus movimientos. De ahí deriva el término de Dinámica de grupos, ya que es la ciencia que estudia los fenómenos que se producen en la vida de un grupo. La dinámica de grupos estudia las interacciones y procesos que se generan en el interior del grupo como consecuencia de su existencia.
De ésto proceden las técnicas que sirven para mejorar el funcionamiento y aumentar la eficacia y productividad de los grupos. Lewin concibe el grupo como un ser dinámico y cambiante que está constantemente en movimiento o en proceso de cambio. El grupo es dinámico porque sus miembros modifican continuamente sus relaciones mutuas y porque pasa por diversas etapas a lo largo de su vida. Es decir, tiene energía propia y sus diferentes partes se conexionan e influyen mútuamente. Por lo tanto, modificando uno de los elementos principales del grupo (los miembros, los subgrupos, los canales de comunicación y las barreras) se puede modificar la estructura de todo el conjunto.
La dinámica de grupos queda consagrada como método piscológico en el año 1.945, pero las investigaciones a partir de Lewin se multiplican y enriquecen, naciendo distintas corrientes, orientaciones, etc...
Hoy en día se aplica a muy diversos campos de la vida social, tales como: mejora de relaciones, terapia de grupos, mundo de la educación, de la psiquiatría, etc. y tiene un significado mucho más amplio. Para nosotros, lo más importante es recordar que la dinámica de grupos estudia la psicología y naturaleza del grupo, sus características y las leyes que rigen su vida y desarrollo.
OBJETIVOS:
Los principales objetivos que nos plantearemos a la hora de usar la dinámica de grupos son los siguientes:
-Organizar y planificar la acción y tareas del grupo de cara al logro de sus objetivos.
-Conseguir una mayor participación de cada uno de los miembros en la vida del grupo.
-Ayudar a la madurez de los individuos dentro del grupo.
-Sustituir las formas de abuso que se dan en la vida y funcionamiento de los grupos por formas de participación.
La dinámica está en la calle, hay dinámica en todo grupo humano, y por ello, el grupo y su estudio debe ser preocupación de todos y sobre todo de aquellas personas que suelen trabajar con ellos, como es el caso del Educador de Calle.
¿QUÉ ES UN GRUPO? ¿POR QUÉ SE FORMAN?:
Hay infinidad de definiciones de grupo, pero en todas ellas se mencionan una serie de elementos comunes que podemos extraer como notas fundamentales del concepto de grupo y que se congregan en torno a los siguientes aspectos:
-Un grupo es un conjunto de personas que interaccionan entre sí, en una relación directa o indirecta, por medio de la cual se influyen mutuamente.
-Comparten unos objetivos y metas comunes y un sistema de preceptos y reglas que delimitan y regulan la conducta y las actitudes de sus miembros.
-Forman una estructura en la cual cada miembro tiene una función concreta dentro de la tarea a realizar para la consecución de esos objetivos comunes.
-Trabajan haciendo progresar al grupo y dirigiéndolo hacia ese objetivo y suelen tener una permanencia temporal medible hasta que se consigue el mismo.
-Por último, se desarrolla una conciencia de grupo, con un sentimiento del nosotros que cohesiona a los diferentes miembros individuales.
Teniendo en cuenta todo ello, podríamos definir al grupo como un conjunto de personas (tres o más) que, unidas por un objetivo común, pueden interaccionar entre sí, aceptando ciertas normas y compartiendo emociones pero, sobre todo, participando de un sentimiento común de pertenencia al grupo que permanece por lo menos hasta que se ha logrado el objetivo.
De esta forma se crea una personalidad grupal propia, y por ese mismo motivo, la conducta individual se va a ver modificada y los individuos miembros de un grupo verán enriquecida su personalidad con las características propias de la cultura grupal.
RAZONES DEL GRUPO:
Ya sabemos lo que es un grupo, pero ¿por qué entramos a formar parte de un grupo?
Vivir en soledad es difícil, vivir en pareja o en grupo también lo es; sin embargo, el grupo cubre una serie de necesidades individuales, y esa es una de las principales razones por las que nos agrupamos, pero existen otras no menos importantes:
1. Satisfacer necesidades:
-de inserción, integración y valoración en el grupo.
-de participación plena, de sentirse valorado, de autoestima, autorrealización...
-de amistad
-de comunicación
-de seguridad
-físicas (salud, descanso, sexo, cobijo, etc.).
2.Satisfacer la atracción interpersonal (física, psicológica, espiritual).
3.Lograr unos objetivos o metas en la vida que el grupo posibilita.
4.Vivir un clima relacional que parece existir o es posible de conseguir.
5.Encontrar una serie de actividades en las que uno se puede encontrar a gusto.
6.Hacer nuestros los objetivos de un grupo concreto con el que nos identificamos.
7.Contar con la fuerza, prestigio social del grupo.
8.Conseguir metas y hacer actividades que una persona sola no puede lograr o hacer.
9.Seguir a un líder que ofrece garantías de lograr lo que se busca.
10.Disponer de una serie de materiales y recursos que pueden ser utilizados.
Vemos pues como el grupo se forma para responder a numerosas y diferentes necesidades de los miembros. Pero pueden surgir problemas ya que se puede satisfacer a una parte del grupo y dejar insatisfecha a otra. Sin embargo, éste es otro tema y lo tocaremos más adelante. Veamos ahora las características principales de los grupos.
Las situaciones de violencia que dan lugar al reconocimiento de los derechos que expondremos se acreditarán con la orden de protección a favor de la víctima. Excepcionalmente se podrá presentar el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección. Estos derechos no precisan otro reconocimiento y son exigibles per se a las autoridades encargadas de hacerlos efectivos.
- Derecho a recibir información, asistencia social integral y asistencia jurídica:
Las víctimas recibirán plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal, a través de los servicios, organismos u oficinas que puedan disponer las Administraciones Públicas, la cual comprenderá las medidas relativas a su protección y seguridad, los derechos y ayudas previstos y el lugar de prestación de los servicios de atención, emergencia, apoyo y recuperación integral.
Tendrán acceso a servicios sociales de atención multidisciplinar que impliquen, además de información, atención psicológica, apoyo social, seguimiento de las reclamaciones de los derechos de la mujer, apoyo educativo a la unidad familiar, formación preventiva en los valores de igualdad dirigida a su desarrollo personal y a la adquisición de habilidades en la resolución no violenta de conflictos y apoyo a la formación e inserción laboral. Estos servicios actuarán coordinadamente y en colaboración con los Cuerpos de Seguridad, los Jueces de Violencia sobre la Mujer, los servicios sanitarios y las instituciones encargadas de prestar asistencia jurídica a las víctimas, del ámbito geográfico correspondiente, y podrán solicitar al Juez las medidas urgentes que consideren necesarias.
Tendrán derecho a asistencia jurídica inmediata. En caso de insuficiencia de recursos para litigar, la defensa y representación por abogado y procurador será gratuita en todos los procesos (civiles, penales, laborales) y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida. En estos supuestos una misma dirección letrada asumirá la defensa de la víctima en todos los asuntos que le conciernan, lo que garantiza una mayor conocimiento de su situación y la coordinación de las actuaciones ante todos los ámbitos juridisdiccionales.
- Derecho a la protección de datos y a la limitación de la publicidad:
En las actuaciones y procedimientos relacionados con la violencia de género se protegerá la intimidad de las víctimas; en especial, sus datos personales, los de sus descendientes y los de cualquier otra persona que esté bajo su guarda o custodia. El juez podrá acordar, de oficio o a instancia de parte, que las vistas se desarrollen a puerta cerrada y que las actuaciones sean reservadas.
- Derechos laborales:
Las trabajadoras asalariadas tendrán derecho a la movilidad geográfica, al cambio de centro de trabajo y a la suspensión de la relación laboral con reserva de puesto de trabajo, en este último causa con derecho a la prestación por desempleo que corresponda. En este sentido, la LO 1/2004 modificó la redacción del art. 40 del Estatuto de los Trabajadores, añadiendo un apartado 3 bis, que ahora reza:
"La trabajadora víctima de violencia de género que se vea obligada a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde venía prestando sus servicios, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, tendrá derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo grupo profesional o categoría equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo.
En tales supuestos, la empresa estará obligada a comunicar a la trabajadora las vacantes existentes en dicho momento o las que se pudieran producir en el futuro.
El traslado o el cambio de centro de trabajo tendrán un duración inicial de seis meses, durante los cuales la empresa tendrá la obligación de reservar el puesto de trabajo que anteriormente ocupaba la trabajadora.
Terminado este período, la trabajadora podrá optar entre el regreso a su puesto de trabajo anterior o la continuidad en el nuevo. En este último caso, decaerá la mencionada obligación de reserva".
Podrán también, para hacer efectiva su protección, o su derecho a la asistencia social integral, reducir su la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o reordenar su tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.
Podrán extinguir el contrato de trabajo manteniendo la posibilidad de percibir la prestación por desempleo que en su caso proceda. Así, se considera causa legal de desempleo el cese en la relación laboral:
"Por decisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género".
Las ausencias o faltas de puntualidad al trabajo motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género se consideren justificadas, cuando así lo determinen los servicios sociales de atención o servicios de salud, según proceda, sin perjuicio de que dichas ausencias sean comunicadas por la trabajadora a la empresa a la mayor brevedad.
Las trabajadoras autónomas tienen derecho a cesar en su actividad para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, suspendiéndoseles la obligación de cotización durante un período de seis meses, que les serán considerados como de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de Seguridad Social. Asimismo, su situación será considerada como asimilada al alta.
Las trabajadoras funcionarias tendrán igualmente derecho a la reducción o a la reordenación de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica de centro de trabajo y a la excedencia en los términos que se determinen en su legislación específica8. Este tipo de traslado se considerará forzoso. Las ausencias totales o parciales al trabajo motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género sufrida se considerarán justificadas por el tiempo y en las condiciones en que así lo determinen los servicios sociales de atención o de salud según proceda.
Las víctimas inscritas como demandantes de empleo serán consideradas un colectivo preferente en las políticas de fomento de empleo.
- Derecho a la percepción de ayudas económicas en pago único:
Cuando las víctimas carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, recibirán una ayuda de pago único, siempre que se presuma que debido a su edad, falta de preparación general o especializada y circunstancias sociales, tendrá especiales dificultades para obtener un empleo y por dicha circunstancia no participará en los programas de empleo establecidos para su inserción profesional.
El importe de esta ayuda será, con carácter general, equivalente al de 6 meses de subsidio por desempleo, viéndose aumentada:
- Si tuviera responsabilidades familiares a:
- 12 meses de subsidio por desempleo, cuando tuviera a su cargo un familiar o menor acogido.
- 18 meses de subsidio por desempleo, cuando tuviera a su cargo dos o más familiares o menores acogidos, o un familiar y un menor acogido.
- Si tuviera reconocido oficialmente un grado de minusvalía igual o superior al 33%, a:
- 12 meses de subsidio por desempleo, si no tiene responsabilidades familiares.
- 18 meses de subsidio por desempleo, si tuviera a su cargo un familiar o menor acogido.
- 24 meses de subsidio por desempleo, si tuviera a su cargo dos o más familiares o menores acogidos, o un familiar y un menor acogido.
- Si tuviera a su cargo a un familiar o un menor acogido con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, a:
- 18 meses de subsidio por desempleo, si fuera un familiar o menor acogido.
- 24 meses de subsidio por desempleo, si fueran dos o más familiares o menores acogidos, o un familiar y un menor acogido.
- Si la víctima con responsabilidades familiares o el familiar o menor acogido con quien conviva tuviera reconocido oficialmente un grado de minusvalía igual o superior al 65%, el importe de la ayuda será equivalente a 24 meses de subsidio por desempleo.
- Si tanto la víctima como el familiar o menor acogido con quien conviva tuvieran reconocido oficialmente un grado de minusvalía igual o superior al 33%, el importe de la ayuda será equivalente a 24 meses de subsidio por desempleo.
Las ayudas son compatibles con las previstas en la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de Ayudas y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la Libertad Sexual.
- Derecho a ser considerado colectivo prioritario en el acceso a viviendas protegidas y residencias públicas para mayores:
Desde la aprobación de la LO 1/2004 las instituciones estatales y autonómicas encargadas de la asignación de viviendas, o de plazas en las residencias para la tercera edad, tendrán en cuenta la situación de las víctimas y les darán preferencia en la adjudicación.
INTERVENCION EN CENTROS PENITENCIARIOS
El sentido de la Institución Penitenciaria es el de educar y reinsertar a las personas que ingresan en prisión para el cumplimiento de una pena, pero es evidente que todas las actuaciones que se efectúen en el medio penitenciario han de ir dirigidas a responder a esa idea esencial.
El Centro Penitenciario debe garantizar las funciones de reclusión y custodia, que se creen espacios interiores en los que sea posible el cumplimiento de ese fin esencial de la Institución con los resultados más beneficiosos posibles. Garantizar la seguridad de los internos y mantener su custodia no es un obstáculo que pueda impedir la labor de reinserción social, cultural y laboral.
EL MARCO JURIDICO:
En nuestro sistema penal está recogido el concepto de rehabilitación. La Constitución Española de 1978 en el artículo 25,2 establece:
«Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y la reinserción social...».
De acuerdo con dicho precepto, la ley Orgánica General Penitenciaria (L.O.G.P) 1/1/1979 del 26 de Septiembre en su articulo 1 dice:
«Las instituciones penitenciarias tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas privativas de libertad, así como la retención y custodia de detenidos. Igualmente tienen a cargo una labor asistencial y de ayuda para los internos y liberados».
La culminación aparece en el articulo 59 de la misma ley:
«El tratamiento penitenciario consiste en el conjunto de actividades directamente dirigidos a la consecución de la reeducación y reinserción de los penados. El tratamiento pretende hacer del interno una persona con la intención y la capacidad de vivir respetando la ley penal».
Tanto la Constitución Española como la ley Orgánica General Penitenciaria defienden un modelo resocializador. El régimen penitenciario pretender ser una posibilidad para que los reclusos puedan trabajar en su emancipación.
En términos jurídicos constitucionales, la prisión es una institución resocializadora destinada a devolver a los presos a la sociedad. Así, la Exposición de Motivos de la LOGP, prescribe «que el penado no es un ser eliminado de la sociedad, sino una persona que continua formando parte de la misma. Incluso como miembro activo».
Para ello, se ha de poner énfasis en la sociedad y en el recluso, orientando el esfuerzo, no sólo cuestionando el sistema penal, sino también demandando una modificación de la estructura carcelaria que evite los efectos desocializadores y desestructuradores en el preso, su entorno y familia.
La acción despersonalizadora de las instituciones penitenciarias se erige como una función real de tipo reeducativo, que busca una adaptación del preso al sistema carcelario, en el que la seguridad y el control generan una «anormalidad» que provoca una ruptura y una interrupción con el mundo exterior que determinará procesos de marginación, distanciamiento que producen una perdida de los roles y status sociales anteriores al ingreso, la configuración de una nueva identidad consecuencia de la alteración de la identidad personal y que se encuentra marcada por la imposición de nuevos marcos de referencia psicológicos y distintas pautas de relaciones, en las que la ansiedad y los mecanismos de defensa y autoconservación se acentúan por el ambiente hostil y agresivo. Esta actitud se generaliza, y la desconfianza, se convierte en un deseo de venganza contra categorías abstractas (policía, sociedad, inocentes).
La pena y en particular la privativa de libertad, no logra en la mayoría de los casos la readaptación social, sino que desvaloriza y merma la capacidad del preso algo constatable en la realidad, como se avala por los altos índices de reincidencia delictiva y por la escasa modificación de las conductas que han llevado al sujeto a cometer un delito.
Los responsables de la administración han de cuestionarse, la mecánica actual de las instituciones penitenciarias, así como el papel a desarrollar por los diversos tipos de funcionarios, de modo que los mismos favorezcan el contacto activo recluso-comunidad, y hagan posible la semejanza de la vida en libertad con la transcurrida dentro de las instituciones penitenciarias, poniendo a disposición de los internos, los elementos, pautas, y medios necesarios para ayudarle a vivir en libertad, según determina el articulo59 LOGP. Se trata de individualizar un tratamiento basado en nuevos puntos de referencia (articulo 63 LOGP, constitución, temperamento, actitudes, aptitudes...) que facilite el logro de los objetivos marcados en la ley.
- Principios:
- Todos los reclusos serán tratados con dignidad y respeto sin que exista discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión...
- Tienen derecho a participar en actividades culturales y educativas dirigidas al desarrollo de su personalidad
- Se crearán condiciones que permitan realizar actividades laborales remuneradas que faciliten la reinserción en el mercado laboral para contribuir a su sustento y al de su familia. l Tiene derecho a un trabajo remunerado y a la seguridad social.
INTERVENCION DENTRO Y FUERA DEL CENTRO PENITENCIARIO:
Distintos autores han aportado algunas cuestiones sobre qué es lo que se pretende con la intervención en el centro penitenciario:
- Tratamiento:
* Ampliar el repertorio comportamental.
* Incrementar habilidades y actitudes de autocontrol, autorespeto, habilidades sociales, resolución de conflictos...
* Modificar algo para evitar la reincidencia delictiva.
* Individualizado, continuo, dinámico, desde fuera del individuo, dirigido hacia un fin concreto.
* Debe ser aceptado por la persona.
- Rehabilitación:
El régimen penitenciario pretende según las necesidades del tratamiento ofrecen los medios ya sean curativos, educativos, morales o de otro tipo todas las formas de ayuda y asistencia posible, para asegurar el retorno a la vida en sociedad.
- Un cambio de constructos personales para que no se encuentren en oposición con la ley
- Modificación de actitudes crimogenas.
- Eliminar conductas antisociales.
- Búsqueda individualizada de las necesidades de cada persona.
- Crear una atmósfera de comprensión.
- Desarrollar habilidades.
- Aumentar la capacidad de desarrollo de la persona en la sociedad.
- Socialización:
La llegada a la cárcel puede deberse a que las instituciones que participan en la socialización e integración social de la persona ha fracaso, como la familia, la escuela, la misma sociedad, el mercado laboral...:
- Sinónimo de integración social.
- Adaptación a la sociedad mediante la interiorización de normas, y juicios de valor, por un proceso de aprendizaje.
- Adopción de las orientaciones necesarias para llevar un comportamiento satisfactorio
- Llevar un futuro sin cometer delitos.
- Adquirir conocimientos, habilidades y destrezas sociales.
Debe tenerse en cuenta distintas áreas:
- Personal y Social:
Adquisición de normas de convivencia, fomento de actitudes positivas hacia personas no consumidoras y promoción de la utilización de recursos comunitarios:
* Pisos de apoyo al tratamiento y la reinserción.
* Pisos de autogestión.
* Talleres educativos, de ocio y tiempo libre.
* Programa de escuela de padres.
* Grupos de autoayuda.
* Programa de habilidades sociales.
- Formación laboral:
* Fomento de conocimientos, hábitos y técnicas profesionales.
* Centro de orientación sociolaboral.
* Talleres de capacitación profesional.
* Talleres educativos y de ocio y tiempo libre.
* Programa de habilidades sociales.
- Empleo:
* Búsqueda y consecución de un trabajo remunerado.
* Centro de orientación sociolaboral.
* Servicio de promoción de alternativas laborales.
* Programa de búsqueda de empleo.
- Educativa y Cultural:
* Consecución de un nivel educativo, cultural y lúdico suficiente para comprender y participar en la vida social.
* Talleres educativos, de ocio y tiempo libre.
* Programa de habilidades sociales.
- Regularización jurídico-penal y jurídico-civil:
* Pisos de cumplimiento de pena.
* Cumplimiento alternativo de condena en los CAD y CAID.
* Servicios de asesoramiento a jueces e información y atención al detenido.
* Programas de intervención en centros penitenciarios.
- Intervención comunitaria:
* Coordinación, apoyo técnico y colaboración con entidades públicas y con la iniciativa social. - Servicio de información, orientación y asesoramiento directo y telefónico. Convenios y acuerdos.
* Potenciación de los servicios sociales comunitarios. Formación y subvenciones.
- Tratamiento:
En la doctrina clásica la pena privativa de libertad era considerado un castigo-retribución, se encerraba al condenado en la cárcel y cumplía los años que debía cumplir. Pero la legislación actual propuso la recuperación social del condenado donde era posible aplicar un tratamiento en la cárcel. El objetivo es conseguir la rehabilitación del delincuente para que no vuelva a delinquir una vez puesto en libertad. Este nuevo planteamiento fue critica por varias razones:
* La pena debe ser considera un castigo.
* Se manipula la personalidad de la persona imponiéndole unos valores.
* El tratamiento puede ser usado para controlar la conducta de los presos.
* La cárcel no es un medio adecuado para modificar las conductas delictivas por ser un contexto artificial y antinatural.
La ley penitenciaria establece que se puede utilizar cualquier método de tratamiento que sirva para conseguir la rehabilitación e inserción social del delincuente, cualquier tipo de intervención que favorezca una vida sin delitos. Cada centro penitenciario debe contar con la colaboración de organismos de la comunidad y de trabajadores sociales.
La base de todo objetivo es que no vuelva a delinquir ofreciéndole distintas alternativas para que pueda elegir y eliminar las carencias que le hicieron delinquir.
La finalidad principal del sistema penitenciario español radica en la búsqueda de la reinserción del preso. En ello trabajan todos los días los funcionarios y responsables de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, un organismo dependiente del Ministerio del Interior en la actualidad, aunque hasta 1996 se encontraba incluido en la estructura del Ministerio de Justicia.
Antes de poder intervenir es necesario conocer:
- Cuál va a ser nuestra orientación teórica. Esta nos permitirá darle a la intervención una perspectiva global.
- Necesitamos conocer las dimensiones reales del problema para buscar la solución. Las tareas deberán estar insertas en la realidad concreta. Conocer los aspectos del entorno, las causas de su comportamiento, considerar factores personales, sociales, familiares, emocionales, cognitivos, situacionales, conductuales...
- Fijar objetivos: darle respuesta a los objetivos es conseguir buenos resultados.
Nos permiten conocer las posibilidades de éxito.
Los elementos de la intervención van a ser:
* El educador: Debe comprender que no existe nada personal en su contra sino que sus pautas de conducta son productos de la amenaza que supone la prision desarrollando mecanismos de defensa.
* El recluso: La cárcel implica aislamiento y desconfianza. Todo hace que exista la tendencia que lo que sucede en la cárcel es algo que hay que ocultar, ocurre allí.
* El contexto donde están: Se trabajará con la realidad que ofrece el recluso, que será el destinatario de la intervención. El educador debe conocer esta realidad y ser capaz de ponerse en su lugar. El delito es irrelevante ya que no nos va a permitir comprender mejor su vida ni diseñar mejor una intervención.
Se creará un ambiente que facilite el encuentro para la modificación de la conducta. Un ambiente abierto donde se sienta seguro. Es una de las dificultades con las que se encuentra la intervención, el ambiente:
* Encontrar un clima donde se sienta bien es difícil en la cárcel, ya que es un contexto anormal y violento
* Modificar conductas y posibilitar otras alternativas implica transformar el ambiente...
* La institución enmarca todo el contexto, sistema rígido que distorsiona todo el trabajo.
El tratamiento debe cumplir unos requisitos:
- Individualizado, complejo, programado, evolutivo y dinámico.
- Identificar las necesidades que le han llevado a delinquir.
- Todos los trabajadores del centro deben intervenir y colaborar en su ejecución. Deberán estar entrenados para una buena participación.
- En la medida de lo posible se debe conseguir un clima adecuado ya que el ambiente estresante tiene consecuencias negativas como la reducción de la autoestima y de la capacidad de afrontar situaciones problemáticas, dificulta el tratamiento...
- Abrir el centro a la comunidad.
- Deberá tener en cuenta la escasez de habilidades sociales: concepción negativa sobre si mismo, la desconfianza en la sociedad, la falta de iniciativa, dificultad en la resolución de problemas...
Existen algunos factores que sirven de apoyo para reducir la incidencia:
- La existencia de familia o grupo social. La red social del recluso es un apoyo importante para reducir las posibilidades de recaer.
- Un trabajo: el riesgo de delinquir disminuye si tiene resueltas las necesidades económicas.
- La edad: cuando se va envejeciendo se reduce la probabilidad de delinquir ya que se asumen menos riesgos.
- Programas de intervención:
Para realizar una intervención es necesario un programa estructurado con objetivos definidos. Deberán contar con varias propuestas de intervención y no basado en un único método de intervención.
Uno de los objetivos primordiales de los programas en prisión será disminuir las consecuencias que la Prisión deja en las personas que se encuentran o pasan por ella ya que por sus características estructurales: Espacios cerrados, con un componente muy alto de intimidación, despersonalización y carente de intimidad, supone un espacio en el que la persona se ve degradada, por una parte, y aislada de la sociedad (familia, entorno, trabajo, …) por otra.
Los programas deben tener en cuenta:
- Contexto:
* Centro: Muchas veces no nos podemos plantear objetivos a largo plazo ya que no sabemos cuanto tiempo van a estar en la cárcel. Las actividades diseñadas deben ser flexibles para que permitan la incorporación de los nuevos reclusas, deben adecuarse a las características del centro.
Habrá que contar con el hacinamiento, con el diseño del centro y el personal a la hora de planificar las actividades.
* Población: Hay que conocer la población con la que se va a intervenir. Los jóvenes aun no tienen un deterioro elevado y se añade las características propias de la adolescencia. Cuando el número de solicitudes sea elevado y sea imposible abarcar a toda la población habrá que establecer criterios de selección: desde su nivel de implicación social, su disponibilidad, su motivación...
* Objetivos: Evitar la prisionalización y sus consecuencias, normalizar la vida, aliviar los niveles de tensión, adaptación social... Cada programa limita su foco de acción.
- Intervención:
Qué hacemos:
* Ámbito personal: En el interior de la Prisión, la persona difícilmente tiene posibilidades de decidir, opinar, responsabilizarse… Por ello, nuestra intervención debe ir encaminada a que la persona se vaya sintiendo responsable, y con posibilidades de decidir y opinar, en actuaciones que repercutan en la autoestima y en una predisposición a colaborar en las actividades. Conseguir que se sientan valorados como personas, aumentar su autoestima y el autoconcepto, no juzgar sino entender con flexibilidad, reducir el estrés por medio de técnicas de relajación.
* Ámbito social: Habrá que conocer cuales son las deficiencias sociales: desde la resistencia a la frustración, conducta interpersonal inestable, inseguridad, egocentrismo, incapacidad de planificar el futuro, adaptación a la situación, baja autoestima, comportamiento fluctuante.
Se propone un entrenamiento en habilidades sociales: técnica del videoforum, donde los reclusos aprendan a expresarse verbalmente, a hablar sin interrumpir a los otros, a escucharse mutuamente... También se pueden realizar dramatizaciones, que incluía expresión libre del cuerpo, relato espontáneo de grupo, relajación, etc. Todo ello para aprender a expresar emociones. También se desarrollar talleres para motivar la expresión escrita y estimular la comunicación entre los presos, actividades deportivas... utilización la comunicación verbal y no verbal adecuadamente, capacidad de comunicación en grupo, ampliar sus intereses, conocer y dialogar con las personas, capacidad de escucha, fomentar la comunicación con los presos, habilidades interpersonales...
Las Relaciones Interpersonales son factor fundamental en todas las acciones es casi imposible modificar el ambiente carcelario, se optara por ir preparando el camino para cuando llegue la salida, y si la salida está lejana, intentar minimizar lo máximo posible los efectos del sistema en el que se encuentra.
* Ámbito escolar: Sin un mínimo nivel educativo y cultural es difícil la adaptación social. Por ello habrá que diseñar una intervención escolar. No que reproduzca las experiencias escolares sino que tengan atractivo para el recluso. Un primer paso obligado será conocer las características escolares, alfabetización, iniciación en la lectura, diseñar actividades y estrategias...
* Ámbito laboral: Acceder a un puesto de trabajo es importante para conseguir unos niveles mínimos de adaptación social, pudiendo ser el inicio de la estabilidad en otras áreas. Para ello es necesario motivar y reforzar la búsqueda de empleo, proporcionar técnicas adecuadas para su búsqueda como a dónde dirigirse, cuándo, qué consultar para encontrar, diseñar cursos que permitan adaptarse a los intereses del mercado laboral, entrenamiento en conocimientos específicos, conocer los aspectos relevantes de determinado trabajo para poder trabajar sobre ellos, capacitar para aguantar en el trabajo, resistir las dificultades en el trabajo que puedan surgir... se enseñaba al recluso a decidir qué tipo de empleo debía buscar en función de su formación y características personales. buscar fuentes de información facilitarle la inscripción en una oficina de empleos y garantizarle un subsidio por desempleo, entrenamiento para superar con éxito las pruebas de selección que se hacen en los diferentes medios laborales.
* Ocio: Saber ocupar su tiempo libre de manera positiva organizando actividades que le resulten interesantes, fomentar el deporte...
Los internos con dependencia de sustancias que lo deseen, tienen la posibilidad la seguir un programa de tratamiento especifico que consista en la deshabituaron.
* Seguimiento: Será siempre voluntario.
Llevar a cabo un programa en un contexto penitenciario no es fácil y a pesar de las dificultades mencionadas anteriormente también hay que destacar:
- Masiva presencia de detenidos en espera de juicio.
- Extranjeros donde se plantea el problema de la comunicación y los códigos de comportamiento y ético diferentes según cada cultura.
- Presencia de toxicodependientes con sus peculiaridades. Será ineficaz un tratamiento con ellos si no se tiene en cuenta la problemática especifica de las toxicomanías.
- Evaluación:
La evaluación de un programa es imprescindible para saber si se han conseguido los objetivos propuestos, si ha sido un éxito o hay que mejorar algo...
Dentro del proceso de evaluación es importante el agente que evalúa. Los responsables del programa pueden asumir muchas funciones a la vez y ser los que mejor podrían conocer los pormenores pero también podrían influir en la evaluación. Por eso muchos autores proponen que sean los beneficiarios los que evalúen los resultados obtenidos. Otros creen que lo mas adecuado seria que la hiciese un organismo independiente.
¿Qué evaluar?:
* Resultados: Se deben definir los criterios de éxito y fracaso para saber si los resultados son debido al programa o por otros factores externos a él como al paso del tiempo, maduración del beneficiario u otros factores.
Se delimitar si el éxito se debe a la no reincidencia o cambios conductuales como asistencia y mantenimiento de un trabajo, cambio de actitud social, reintegración familiar,
* Servicio: Se obtuvieron los recursos necesarios, las actividades fueron las apropiadas para conseguir los objetivos propuestos, evaluación del programa. Muchas veces se confunde lo que se hizo con lo que se quiso hacer. Hay que evaluar el programa en si tal como se llevo a cabo en ese centro. Saber la base empírica, si la duración fue la prevista, qué se hizo en realidad, supervisión...
* Proceso: Se trataría de evaluar la interacción entre los individuos, roles de cada uno, objetivos de cada uno... Esto incluye cómo se seleccionó a los beneficiarios, técnicas que se emplearon, entrevistas que se hicieron...
- Prevención:
La comunidad también debe intervenir en la delincuencia ya sea reincorporando a exrecluso a la comunidad como previniendo la delincuencia:
* Prevención primaria: Destinada a las formas de inadaptación para reducir el aprendizaje criminal. Detectar factores de riesgo en la familia (como estilos educativos en la familia, desajustes económicos o sociales, modelos de identificación) en la escuela (como destrezas intelectuales, motivación, como evoluciona el niño), grupo de iguales (estrategias sociales, formación de su autoconcepto), mundo laboral (desempleo, cualificación, paro)...
* Prevención secundaria: Destinada al tratamiento de la persona.
* Prevención terciaria: Asegurar la incorporación/reinserción social.
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Matricula: oferta 100 euros (+ envio+4%iva)
Diploma acreditativo.
FICHA DE MATRICULA para cualquier curso



El proyecto debe ser operativo y poder responder a una serie de preguntas:
Desde la familia:







Las instituciones que tradicionalmente realizaban trabajo social con jóvenes eran poco eficaces, o sólo intervenían cuando ya era demasiado tarde, cuando las situaciones problemáticas eran evidentes. Incluso estas instituciones no eran capaces de acercarse de manera efectiva a determinados jóvenes y grupos, sobre todo porque no sintonizaban con sus inquietudes y necesidades.
Hasta ahora existía una trayectoria de trabajo de este tipo de Educador enfocada especialmente a las tareas preventivas con niños y jóvenes en barrios, talleres ocupacionales, centros abiertos, etc., como un animador de la acción social que actuaba desde el movimiento asociativo, pero nuevas realidades están reclamando su intervención en otros campos donde se nota su carencia, sobre todo porque puede desempeñar un rol de cercanía y acompañamiento que difícilmente podrían ejercer otros profesionales. Nos referimos a formar parte de equipos en proyectos de acción con drogodependientes, prostitutas, minorías étnicas, inmigrantes, etc. a través de programas de metadona, disminución del daño, incorporación social, higiene y salud, garantía social,...
Los y las educadoras de calle son, con frecuencia, las únicas personas adultas «significativas» a quienes pueden dirigirse los jóvenes y otros colectivos cuando se encuentran con problemas, situaciones y conflictos difíciles.
Es cierto que cada día se incorporan nuevos Educadores de Calle a equipos de la Administración (ayuntamientos, mancomunidades, etc.), pero cabría destacar que la iniciativa privada todavía tiene dificultades para hacerse con estos profesionales, que acaban siendo el último eslabón en la lista de contrataciones. En algunas asociaciones han desaparecido o se ha reducido los educadores por no contar con los apoyos vía subvención, aún cuando disponían del respaldo social necesario.
Los recursos que ha creado la Administración, por ejemplo para jóvenes, todavía carecen de personal capaz de atender al conjunto de la población en situación de riesgo de una forma estructurada y con permanencia en el tiempo. A veces se pretende atajar el problema con acciones puntuales y, ante distintas manifestaciones del mismo, se anuncian nuevos programas. Esto ocurre en el caso del llamado «botellón», para el que han surgido infinidad de iniciativas en todas las ciudades, más por cuestiones de orden público que de salud, de promoción social o de acciones encaminadas a la prevención integral con la participación de toda la comunidad. Algo simi-lar comienza a ocurrir con la problemática que genera la inmigración.




